La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha declarado en su reciente Resolución N.º R/00026/2021 que cuando los empleados trabajen fuera de la sede laboral, empresario y trabajador deberán ponerse de acuerdo para establecer el medio de comunicación más ágil, eficaz y operativo para las comunicaciones cotidianas e inmediatas en el ámbito laboral […].